Catalunya abre su convocatoria de formación dirigida a personas trabajadoras desempleadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.
ÍNDICE DE CONTENIDOS SOBRE LA CONVOCATORIA DESEMPLEADOS CATALUNYA
¿Cuál es el objetivo de esta convocatoria para desempleados/as de Catalunya?
¿Quién puede acceder a la formación ofertada en la convocatoria desempleados de Catalunya?
¿Qué acciones formativas se van a ofrecer en esta convocatoria para personas en desempleo?
¿Quiénes pueden acceder a estas subvenciones?
¿Cuál es la documentación necesaria para acceder a los programas de formación en Catalunya?
Modalidad y plazo de solicitud de la convocatoria para desempleados Catalunya
¿Cuál es el objetivo de esta convocatoria para desempleados/as de Catalunya?
El objetivo de esta convocatoria es abrir el período de solicitud de subvenciones destinadas
a la realización de acciones formativas de formación profesional para el empleo dirigidas
prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, que promueve el Servicio
Público de Empleo de Cataluña para el 2023.
¿Quién puede acceder a la formación ofertada en la convocatoria desempleados de Catalunya?
Tal y como su nombre indica estos programas de formación están dirigidos principalmente a personas desempleadas que residan en este territorio (un 70% como mínimo). Además, tal y como puede ocurrir en otras convocatorias nacionales o autonómicas también se cuenta con un pequeño porcentaje de plazas para personas trabajadoras que puede alcanzar el 30% de las plazas ofertadas.
Además los colectivos prioritarios para poder acceder a estas acciones formativas son los siguientes:
- Personas con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo y/o en situación de vulnerabilidad social (personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, personas más mayores de 45 años desempleadas de larga duración).
- Mujeres.
- Personas que no cobran prestación por desempleo o que no tengan derecho.
- Personas con baja calificación profesional.
- Jóvenes menores de 30 años.
- Personas trabajadoras en situación de ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
- Personas que deban completar su formación de un certificado de profesionalidad.
- Personas beneficiarias de los programas que comporten la obligación o compromiso de participar en cursos de formación para el empleo, dentro de las políticas activas de empleo, como el Subsidio por Desempleo, la Renta Activa de Inserción, el Subsidio Extraordinario por Desempleo, el Subsidio por Cotización Insuficiente o la Renta Garantizada de Ciudadanía.
¿Qué acciones formativas se van a ofrecer en esta convocatoria para desempleados?
Para elaborar el plan de acciones formativas de la convocatoria de desempleados de Catalunya se han tenido en cuenta las especialidades relacionadas con las ocupaciones que mejor situación tienen en el mercado de trabajo de Cataluña, según su valor añadido y por su valor estratégico.
Además, se han incorporado a esta propuesta de oferta formativa las aportaciones de los servicios territoriales y de los miembros del Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
Como resultado, se ofrece un abanico de formaciones del Catálogo de especialidades formativas distribuidas por comarcas, de acuerdo con el grado de prioridad de cada especialidad.
Además se ofrecen tres tipos de acciones subvencionables:
1. Certificados de profesionalidad
2. Especialidades no conducentes a certificados de profesionalidad
3. Prácticas no laborales
¿Qué entidades se pueden beneficiar de estas subvenciones de formación en Catalunya?
Serán beneficiarias de las subvenciones las entidades de formación acreditadas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación y de especialidades formativas con presencia en Catalunya o aquellas inscritas en el registro autonómico competente que no sea el de Catalunya, así como en el SEPE.
¿Cuál es la documentación necesaria para acceder a la convocatoria de Catalunya?
Para solicitar la subvención se requiere presentar la documentación necesaria debidamente cumplimentada, que incluye:
- La solicitud de subvención en el modelo normalizado.
- El poder que acredite la representación de la persona jurídica, la documentación que identifique a los solicitantes y su poder para actuar en nombre de la empresa.
- La tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
- Los estatutos legalizados de la entidad solicitante y, en el caso de ser una persona física, una declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- La ficha de acreedor, y en el caso de que la entidad se encuentre inscrita ante el SEPE o el registro autonómico, se deben presentar copias de la autorización o resolución de inscripción de cada especialidad formativa a impartir, así como una declaración responsable de contar con instalaciones inscritas en el territorio del Principado de Asturias.
- La documentación debe ir acompañada por una declaración responsable del cumplimiento de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma, así como de la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de otras administraciones o entidades, públicas o privadas.
Modalidad y plazo de solicitud de la convocatoria para desempleados de Catalunya
La fecha de presentación de solicitudes es 15 días naturales tras la publicación de la convocatoria. Por su parte, la ejecución de estos programas formativos en Catalunya se debe desde el 31 de diciembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Las acciones formativas podrán ser impartidas en modalidad presencial o de aula virtual, sin embargo no se podrá utilizar esta última modalidad en acciones que requieran presencialidad.
Si quieres saber más sobre otras convocatorias de formación, échale un vistazo a estos posts: